Normativa en trámite de consulta previa

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece novedades en cuanto a iniciativa legislativa y reglamentaria de las Administraciones Públicas; entre otras, la necesidad de recoger la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas que puedan verse afectadas por las futuras normas.

El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece lo siguiente:

“1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.”

 

Por tanto, si la ciudadanía, instituciones y asociaciones así lo estiman, podrán participar presentando aportaciones a través de dos vías:

 

  • Mediante correo electrónico: Oiartzungo Udala,
  • Mediante la presentación de sugerencias en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza Done Eztebe, 1) o a través del registro electrónico www.oiartzun.eus, donde el ciudadano habrá de identificarse mediante certificado digital.
TITULO DE LA NORMATIVA   DESDE    HASTA  
Modificación de la ordenanza reguladora de las viviendas tasadas del término municipal de Oiartzun2025-02-192025-03-15